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ANTE LA NUEVA OLEADA DE ERTEs

Tras la declaración del estado de alarma declarado por nuestro Gobierno el pasado día 13 de Marzo del presente año, todo según las facultades que el Art. 116.2 de la Constitución le confiere, se han efectuado diversas inquietudes, pues como consecuencia directa, se procedió al cierre temporal de múltiples negocios manteniéndose únicamente los declarados como de primera necesidad, a saber, entre otros: farmacias o supermercados.

A pesar de tratarse de un cierre temporal, en tanto en cuanto dure esta crisis sanitaria provocada por la pandemia de coronavirus, muchos negocios se ven forzados a efectuar múltiples despidos, pues les resultan totalmente imposible mantener una plantilla de trabajadores sin poder obtener ingresos, por no mencionar el tener que seguir sufragando los gastos correspondientes al alquiler de local o las correspondientes cuotas de autónomos. Por ello, se ha instaurado una serie de medidas, aprobadas por el Gobierno en el día de ayer, para cubrir la problemática que se sobreviene con respecto a la gran oleada de ERTEs que se presentan, pues a la fecha hay más de 7.000 ERTEs presentados y más de 200.000 empleos suspendidos.

Y es ahora cuando nos preguntamos: ¿Qué es un ERTE?

Un ERTE es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo; es la adopción por parte de la empresa de una suspensión  temporal de la relación laboral con una parte concreta de sus trabajadores. Es decir, es cuando una firma decide despedir a una parte importante de sus trabajadores por un periodo de tiempo. Normalmente esta regulación de trabajadores se hace obedeciendo a “causas económicas, técnicas, organizativas o de producción”.

Pues bien, en las medidas aprobadas por el Gobierno, mediante el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se han establecido diversas salvaguardas y distingue entre fuerza mayor y causas económicas, productivas y organizativas.

Por ello, es muy importante desmenuzar previamente el nuevo Real Decreto, y que previo a presentar la solicitud de ERTE te asesores en un despacho especializado en Derecho Laboral.

Desde el bufete AMELEX ABOGADOS os brindamos nuestros servicios para proceder a todo tipo de aclaraciones, ya seas empresario o trabajador, así como efectuar cualquier tipo de gestión al respecto.

No dudes en consultarnos!!