SUSTRACCIÓN DE MENORES EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL
Debido a la afluencia y diversidad de nacionalidades dentro de un mismo País, es cada día más frecuente que se produzca la unión sentimental de personas extranjeras. Ello puede suponer un problema cuando la relación se extingue y uno de los progenitores quiere regresar a su País de origen con el hijo común menor de edad.
Es muy frecuente que se produzca este hecho sin el consentimiento del otro progenitor, encontrándonos en este caso ante un delito de SUSTRACCIÓN DE MENORES EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL.
Este tipo de delitos suele darse fundamentalmente en dos supuestos, siendo:
- Tras la ruptura de la relación cuando uno de los progenitores abandona el País de residencia habitual con el menor sin tener la aprobación del otro.
- En periodo de vacaciones, cuando el menor no se devuelva al progenitor custodio en la fecha acordada, reteniéndolo sin intención alguna de proceder a dicha devolución.
Esta situación tiene una gran complejidad debido a que, en la mayoría de los supuestos, se desconocen las leyes en el País extranjero, dificultando enormemente la actuación en estos casos, así como obtener un cumplimiento de normas internacionales puede conllevar mucho tiempo.
La Unión Europea ha intentado poner remedio a esta situación, dejando recogido en el Convenio de la Haya de 1980, donde se obliga al tribunal a devolver al menor sustraído al País de residencia. Igualmente, se recogen este tipo de situaciones en el Artículo 10 y 11 del Reglamento (CE) nº 2201/2003, del Consejo, de 27 de Noviembre de 2003, para el tema de competencia y la forma de proceder a la restitución del menor sustraído, y en el Convenio plurilateral de Luxemburgo, de 20 de Mayo de 1.980.
Todas estas regulaciones establecen que deban de cumplirse una serie de requisitos para proceder a la restitución del menor, a saber:
1º) La existencia de una resolución judicial por la cual se concede a uno de los padres el derecho de custodia del menor.
2º) Que el menor sea trasladado a un País distinto del de su residencia habitual o sea retenido a la fuerza en el mismo.
Es un procedimiento que presenta múltiples complicaciones y para lo cual se precisa un profesional cualificado en la materia, por ello desde AMELEX ABOGADOS os invitamos a que nos consulten sin ningún tipo de compromisos.